Casación No. 542-2016

Sentencia del 21/02/2017

“…se establece que la ahora casacionista hizo uso del remedio procesal de aclaración; sin embargo, sustentó argumentos distintos a los expuestos ante este Tribunal, de esa cuenta, al tener oportunidad de sanear el supuesto error cometido, y no hacerlo, lo consintió, quedando inhabilitada de alegarlo por vía del recurso de casación por imperativo legal. Aunado a lo anterior, para que el submotivo invocado prospere, deben denunciarse normas adjetivas, no obstante, en el presente caso, la recurrente fue omisa en señalar los preceptos que consideró transgredidos, incumpliendo así con los requerimientos legales del recurso de casación de conformidad con el artículo 627 del Código Procesal Civil y Mercantil, que establece que al citar los artículos violados, deben exponerse las razones por las cuales se estiman quebrantados…”